Usó anteojos con IA para captar imágenes en una consulta ginecológica: la sanción que recibió un médico en Córdoba
El magistrado consideró probado que el médico se dirigió a la paciente con expresiones como “nena” y “nenita”, y que le manifestó: “Tenés los ovarios de una pendeja”.
El Juzgado de Control y Faltas N.º 7 de la ciudad de Córdoba revocó la absolución de un médico y lo declaró responsable de la infracción contravencional de maltrato agravado por razones de género. El profesional deberá pagar una multa de $900.000 y realizar un curso educativo sobre género.
El caso se originó a partir de la denuncia de una paciente que había concurrido a una consulta médica vinculada con la crioconservación de óvulos. La mujer acusó al profesional de realizarle contactos físicos indebidos, atenderla sin un auxiliar médico y dirigirse a ella con expresiones inapropiadas. También cuestionó que utilizara anteojos inteligentes con capacidad para captar imágenes sin advertirle sobre esa característica.
La decisión fue tomada por el juez José Milton Peralta, quien revocó la absolución que había dictado la Unidad Contravencional de Género. Si bien consideró que no había pruebas suficientes para acreditar los contactos físicos denunciados ni que existiera una obligación legal de contar con un médico auxiliar durante la consulta, tuvo por probadas otras conductas que consideró constitutivas de maltrato.
Los comentarios del médico y el uso de anteojos inteligentes
Entre los elementos acreditados, el magistrado señaló que el profesional utilizó durante la consulta unos anteojos Ray-Ban Meta, dispositivos que cuentan con capacidad para captar imágenes, aunque no se pudo demostrar que hubiera obtenido fotografías o videos durante la atención.
Además, consideró probado que el médico se dirigió a la paciente con expresiones como “nena” y “nenita”, y que le manifestó: “Tenés los ovarios de una pendeja”.
Para el juez, esos comentarios, realizados en el marco de una consulta vinculada con la salud reproductiva, tuvieron un carácter infantilizante y descalificante.
En cuanto a los anteojos inteligentes, Peralta sostuvo que el hecho de utilizarlos sin informar previamente a la paciente sobre su capacidad para captar imágenes, durante una práctica que comprometía su intimidad, era una circunstancia que podía generar inseguridad, incluso cuando no se hubiera comprobado que los dispositivos fueron activados.
El magistrado evaluó ambas conductas en conjunto y entendió que vulneraron las pautas de respeto, confianza y seguridad que deben regir durante un acto médico.
Por qué la Justicia consideró que hubo maltrato por razones de género
Para fundamentar su resolución, el juez recurrió a la Ley 26.529 de Derechos del Paciente y al Código de Ética de la Asociación Médica Argentina, que establecen pautas vinculadas con el trato digno y respetuoso, además de garantizar el resguardo de la intimidad y la dignidad humana.
Finalmente, Peralta consideró configurada la agravante por razones de género y concluyó que las conductas acreditadas constituían la infracción contravencional de maltrato agravado.
Como consecuencia, el médico fue sancionado con una multa de $900.000 y la obligación de asistir a un curso educativo sobre género.
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