Cambios en el acceso a la salud pública: extranjeros sin residencia en el país deberán pagar por la atención
Así quedó plasmado en la Resolución 1066/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones.
El presidente Javier Milei puso fin este martes a la universalidad de la salud pública y reglamentó el cobro por la atención a los extranjeros sin residencia permanente en el país.
Así quedó plasmado en la Resolución 1066/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma del ministro de Salud de la Nación, Mario Lugones.
Allí, el gobierno libertario avanza en la implementación del "Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado nacional". En el Artículo 1 de las Disposiciones Generales establece que "es aplicable a todos los extranjeros que no cuenten con residencia permanente en el país".
De esta manera, la nueva normativa se suma a la iniciativa de algunas provincias que ya lo habían implementado y formaliza lo establecido por el Decreto 366/2025, que introdujo cambios en la Ley de Migraciones.
El procedimiento aprobado por el gobierno libertario establece que "queda exceptuada de la aplicación del presente toda prestación sanitaria destinada a la evaluación, diagnóstico, estabilización y tratamiento inmediato de una condición clínica que implique riesgo cierto e inminente para la vida, para un órgano o una función, o que requiera una intervención urgente para evitar un daño grave o irreversible en la salud de la persona”.
Asimismo se estableció que "en casos de emergencia, no podrá negársele ni restringírsele el acceso a la asistencia social o a la atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria”.
Para acreditar la residencia permanente, los extranjeros deberán presentar el DNI que de constancia de la residencia permanente y, en el caso de extravío o renovación en trámite del documento, “se admitirá temporalmente la Constancia de Residencia Permanente en Trámite emitida digitalmente por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) a través del sistema Radex”.
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