La Justicia ratificó que Tapia y Toviggino tienen prohibido salir del país
La Cámara en lo Penal Económico confirmó la restricción de viaje para el presidente y el tesorero de la AFA, tras ser procesados esta semana por retención indebida de aportes. La medida podría complicar su participación en el Mundial 2026.
La Justicia ratificó la prohibición de salida del país para Claudio “Chiqui” Tapia y Pablo Toviggino, máximos dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino, en el marco de la causa por retención indebida de aportes que mantiene en el ojo público a ambos funcionarios. La decisión había sido inicialmente adoptada por el juez Diego Amarante y ahora fue confirmada por la Sala A de la Cámara en lo Penal Económico.
El fallo busca asegurar que los imputados permanezcan a disposición del tribunal mientras avanza la investigación, y se considera una medida razonable dadas las circunstancias del caso. Sin embargo, no se trata de una prohibición absoluta: Tapia y Toviggino deberán solicitar autorizaciones puntuales al juzgado para poder salir del país.
Esta resolución podría afectar la asistencia de ambos dirigentes al Mundial de Fútbol 2026, que se disputará entre Estados Unidos, México y Canadá a partir del 11 de junio. De mantenerse la prohibición, su viaje dependerá de la aprobación previa del juez Amarante.
Las defensas de Tapia y Toviggino habían cuestionado la medida, alegando que carecía de fundamentación y que era arbitraria. Los jueces Roberto Hornos y Carolina Robiglio, tras revisar las apelaciones, consideraron que la decisión de primera instancia estaba debidamente justificada y no contradecía el estado procesal de los imputados.
Tanto Tapia como Toviggino fueron procesados sin prisión preventiva por presunta apropiación indebida de tributos agravada, reiterada en 34 oportunidades, y de recursos de la seguridad social, agravada y reiterada en 17 ocasiones. La Cámara, sin pronunciarse sobre la validez de los procesamientos, evaluó que la restricción de viaje era adecuada para garantizar su comparecencia.
“No constituye una prohibición absoluta de salida del país”, aclaró el tribunal. La medida permite que los imputados se ausenten del país únicamente con autorización del juzgado, asegurando así que puedan ser convocados cuando sea requerido por la Justicia en el marco de esta causa.

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