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27/03/2026

Caso YPF: La Corte de Nueva York anuló la condena que obligaba al país a pagar USD 16 mil millones

Así lo confirmaron fuentes oficiales en Buenos Aires y Washington con respecto al juicio contra Argentina por la expropiación de YPF.

Caso YPF: La Corte de Nueva York anuló la condena que obligaba al país a pagar USD 16 mil millones

En un hecho histórico para el país, la Corte de Apelaciones de Nueva York dio de baja el falló en primera instancia contra Argentina por la expropiación de YPF.

Así lo confirmaron fuentes oficiales en Buenos Aires y Washington. Más allá de las apelaciones que puedan surgir, se trata de una victoria para el país, en un juicio de más de una década en el que había sido condenado por Loretta Preska a pagar una suma de más de USD 16.000 millones.

“Revocamos la sentencia dictada por el tribunal de distrito a favor de los demandantes en sus reclamos por incumplimiento de contrato contra la República, confirmamos la desestimación por parte del tribunal de distrito de los reclamos contra la República y YPF, confirmamos la sentencia dictada por el tribunal de distrito a favor de YPF y devolvemos el caso para que se realicen los procedimientos ulteriores de conformidad con esta opinión”, destacaron los jueces los jueces Denny Chin,José Cabranes y Beth Robinson, de la Cámara de Apelaciones del Segundo Distrito de Nueva York.

La resolución de la Cámara de Apelaciones llegó luego de una intensa etapa de apelación que tuvo su jornada clave en octubre de 2025. Durante una audiencia que se extendió por 96 minutos ante los jueces Denny Chin, José Cabranes y Beth Robinson, los representantes legales del Estado argentino presentaron una estrategia sólida basada en tres pilares fundamentales. El objetivo principal era la anulación total de la sentencia o, en subsidio, un recorte drástico en los montos compensatorios.

El planteo central, sostenido de forma recurrente por diversas administraciones, incluyendo la de Mauricio Macri, Alberto Fernández y ahora la de Javier Milei, defendía que la jurisdicción adecuada para tratar este conflicto era la Justicia argentina y no los tribunales estadounidenses.

La defensa argentina argumentó que un tribunal local debía determinar la jerarquía normativa entre la ley de expropiación, que permitió estatizar el 51% de la firma, y los estatutos internos que obligaban al lanzamiento de una OPA al superar el 15% del paquete accionario.

Acompañando este eje, se presentó un argumento técnico que señalaba errores en la interpretación de la normativa local -derecho societario y administrativo- por parte de la jueza Preska. Estas inconsistencias en la lectura del derecho argentino fueron determinantes para que los magistrados de alzada revisaran el fallo inicial.

 
 
 
 
 
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