ARCA digitaliza el cambio de domicilio fiscal y endurece las multas
La iniciativa, que comenzará a regir desde el 2 de marzo de 2026, apunta a simplificar los trámites tributarios.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un nuevo sistema totalmente digital para informar y modificar el domicilio fiscal, una medida oficializada a través de la Resolución General 5809/2026 publicada en el Boletín Oficial. La iniciativa, que comenzará a regir desde el 2 de marzo de 2026, apunta a simplificar los trámites tributarios, reducir gestiones presenciales y reforzar el control sobre la información declarada por los contribuyentes.
Con la nueva normativa, la actualización del domicilio fiscal deberá realizarse exclusivamente de manera online mediante el Sistema Registral, al que se accede con Clave Fiscal nivel 3 o superior. Este esquema elimina la verificación postal que existía anteriormente y unifica el procedimiento dentro del Registro Único Tributario. El objetivo es agilizar los procesos, disminuir errores administrativos y facilitar el cumplimiento de las obligaciones formales, evitando sanciones que ahora pueden alcanzar montos significativamente más altos.
El trámite digital consiste en ingresar al portal oficial de ARCA, seleccionar el Sistema Registral y luego acceder a la sección “Domicilios” para completar el Formulario electrónico de declaración jurada N° 420/D. Si el domicilio ya figura como validado en los registros del organismo, la confirmación es automática y se emite una constancia electrónica. En cambio, cuando la dirección no está previamente verificada, el contribuyente debe cargar los datos manualmente y adjuntar documentación digital respaldatoria, que será evaluada por ARCA en un plazo de hasta siete días hábiles.
Uno de los puntos más relevantes de la reforma es el nuevo régimen sancionatorio. Según la Ley 27.779, el cambio de domicilio fiscal debe informarse dentro de los 10 días hábiles administrativos, y el incumplimiento puede derivar en multas que van desde $150.000 hasta $35.000.000. Este incremento representa un salto considerable respecto del esquema anterior y busca reforzar la obligación de mantener actualizada la información tributaria. En determinados casos, como perfiles de riesgo elevado en el SIPER o inconsistencias en la CUIT, el trámite deberá realizarse mediante Presentaciones Digitales y con mayores exigencias documentales.
El tributarista Sebastián Domínguez analizó el impacto de la medida y afirmó: “El nuevo procedimiento redefine de manera significativa la forma de registrar, validar y controlar el domicilio fiscal”. Además, advirtió que “la eliminación de la verificación postal y la centralización del trámite en plataformas digitales simplifican el proceso para los contribuyentes, pero trasladan una mayor responsabilidad en cuanto a la consistencia y respaldo del domicilio declarado, especialmente cuando no se trate de domicilios previamente verificados”. Domínguez también señaló que una sanción de hasta $35 millones puede resultar desproporcionada para pymes y anticipó posibles cuestionamientos administrativos y judiciales.
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