La Legislatura porteña aprobó una ley para que jubilados y pensionados usen gratis el subte
Con 44 votos afirmativos y 6 abstenciones, la medida fue sancionada tras más de dos horas de debate en una Sesión Especial.
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó este jueves una nueva normativa que establece la gratuidad del servicio de subterráneos para jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que residan en la Capital Federal. Con 44 votos afirmativos y 6 abstenciones, la medida fue sancionada tras más de dos horas de debate en una Sesión Especial.
La iniciativa, bautizada como “Gratuidad del transporte subterráneo para personas mayores”, surgió de los expedientes presentados por las diputadas Berenice Iañez (Unión por la Patria) y Graciela Ocaña (Confianza Pública). El proyecto establece que los beneficiarios podrán acceder al transporte sin límite horario, todos los días en los que el servicio esté operativo. Las únicas abstenciones provinieron de legisladores de La Libertad Avanza, quienes no acompañaron la votación.
Según se detalla en el Artículo 1° de la ley, el beneficio está destinado a personas mayores de 60 años, con domicilio registrado en la Ciudad de Buenos Aires y cuyos ingresos mensuales no superen dos y medio haberes mínimos jubilatorios establecidos por la ANSES. La ley busca mejorar el acceso al transporte público para un sector social que muchas veces enfrenta barreras económicas.
Para acceder al beneficio, los adultos mayores deberán gestionar una tarjeta magnética gratuita, disponible en todas las estaciones cabeceras del subte y en las sedes comunales, de forma presencial o digital. El trámite será sencillo, incluso para quienes tengan dificultades para conseguir turno. La tarjeta tendrá una vigencia inicial de cinco años, renovable indefinidamente, siempre que se cumplan los requisitos. En caso de no utilizarla durante dos años consecutivos, se dará de baja automáticamente.
El pase es personal e intransferible, y podrá ser suspendido si se detecta un uso inadecuado. En ese caso, el titular deberá repetir el trámite para volver a obtenerlo. En caso de extravío, la tarjeta podrá ser renovada sin cargo. La norma, además, deberá ser reglamentada en un plazo máximo de 90 días desde su publicación oficial.
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