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07/09/2026

Se reglamentó el Régimen Penal Juvenil: a quiénes alcanza y qué considera

La normativa determina el marco aplicable a adolescentes que tengan entre 14 años y las cero horas del día en que cumplen 18 años cuando sean imputados por un hecho considerado delito.

Se reglamentó el Régimen Penal Juvenil: a quiénes alcanza y qué considera

El Gobierno reglamentó este lunes el Régimen Penal Juvenil, establecido por la Ley 27.801, mediante el Decreto 875/2026 publicado en el Boletín Oficial.

La normativa determina el marco aplicable a adolescentes que tengan entre 14 años y las cero horas del día en que cumplen 18 años cuando sean imputados por un hecho considerado delito.

La reglamentación establece además que el Ministerio de Justicia será la autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal. Entre sus responsabilidades estará coordinar distintos mecanismos vinculados con la implementación del régimen, el seguimiento de los adolescentes alcanzados, la asistencia a las víctimas y la articulación con las distintas jurisdicciones del país.

De acuerdo con los fundamentos incluidos en el decreto, la Ley 27.801 busca que el régimen tenga una finalidad que no se limite a la respuesta frente a un delito, sino que también contemple aspectos vinculados con la responsabilidad, la educación y la reinserción social.

“Por la Ley N° 27.801 se estableció el Régimen Penal Juvenil aplicable a las personas adolescentes desde 14 años de edad hasta las cero horas del día en que cumplan 18 años de edad y se fijó como finalidad del régimen fomentar en el adolescente imputado el sentido de la responsabilidad legal por sus actos y lograr su educación, resocialización e integración social”, indicó el decreto.

La reglamentación también contempla la creación de nuevas estructuras dentro del Ministerio de Justicia para coordinar la aplicación de las disposiciones.

Uno de los principales puntos del Decreto 875/2026 es la creación del Comité de Justicia Interministerial del Régimen Penal Juvenil, concebido como una instancia permanente de articulación entre diferentes áreas del Gobierno: “Créase, en el ámbito del Ministerio de Justicia, el Comité de Justicia Interministerial del Régimen Penal Juvenil como dispositivo permanente de articulación interministerial para la implementación de la Ley N° 27.801”.

Entre sus funciones estarán coordinar el trabajo conjunto de los ministerios que intervengan en la aplicación del régimen, elaborar lineamientos comunes para la prevención, el abordaje y la reinserción de los adolescentes, y promover el intercambio de información estadística y técnica. También podrá emitir recomendaciones no vinculantes para la autoridad de aplicación y coordinar los aspectos administrativos y operativos necesarios para ejecutar las penas previstas por la Ley 27.801.

El comité estará integrado por un representante del Ministerio de Justicia, que ejercerá la coordinación, junto con representantes del Ministerio de Seguridad Nacional, el Ministerio de Capital Humano y el Ministerio de Salud.

 
 
 
 
 
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