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18/02/2026

Reforma laboral: Diputados cambió el artículo 44 y eliminó los descuentos salariales por enfermedad

La Cámara Baja introdujo una modificación clave al proyecto aprobado por el Senado y suprimió el apartado que reducía el sueldo en casos de accidentes o enfermedades no laborales. La iniciativa deberá regresar a la Cámara Alta para su sanción definitiva.

Reforma laboral: Diputados cambió el artículo 44 y eliminó los descuentos salariales por enfermedad

La Cámara de Diputados emitió este miércoles dictamen sobre la reforma laboral que se debatirá en el recinto y modificó uno de los puntos más cuestionados del texto enviado por el Senado. El cambio impacta de lleno en el artículo 44, vinculado a las licencias por enfermedad o accidentes fuera del ámbito de trabajo.

La redacción original establecía recortes en la remuneración cuando la imposibilidad de trabajar no estuviera relacionada con tareas laborales. El apartado eliminado indicaba: “En caso de sufrir un accidente o una enfermedad que no sea consecuencia de la prestación de tareas derivadas del contrato de trabajo, y que impida dicha prestación, el trabajador tendrá derecho a percibir el 50% (cincuenta por ciento) de su remuneración que perciba al momento de la interrupción de los servicios”.

Además, agregaba: “Si la imposibilidad de trabajar no fuera producto de una actividad voluntaria y consciente del trabajador sobre el riesgo en la salud, percibirá el 75% (setenta y cinco por ciento) de tal remuneración”. Esos incisos generaron fuertes resistencias tanto en la oposición como en sectores aliados del oficialismo, que consideraron excesiva la penalización.

Tras las negociaciones en comisiones, el oficialismo aceptó reformular el artículo. El nuevo dictamen elimina cualquier mención a reducciones salariales y se limita a establecer la obligación de informar la ausencia. El texto vigente señala que el trabajador deberá notificar la enfermedad o el accidente durante la primera jornada en la que no pueda asistir, salvo casos de fuerza mayor.

También se especifica que, si no se realiza ese aviso, “perderá el derecho a percibir la remuneración correspondiente salvo que la existencia de la enfermedad o accidente, y su imposibilidad de dar el aviso, teniendo en consideración su carácter y gravedad, resulte luego inequívocamente acreditada”. De este modo, el foco queda puesto en el deber de comunicación y no en un castigo económico automático.

Las críticas al artículo habían escalado en las últimas horas. Desde el PRO, el jefe del bloque en Diputados, Cristian Ritondo, fue tajante: “El artículo 44 de la Reforma Laboral era inhumano”. Y añadió: “Hablamos con distintas autoridades de la Cámara y, tras exponer los problemas que traía el artículo agregado, coincidimos en que era necesario eliminarlo”. Con las modificaciones introducidas, el proyecto deberá volver al Senado para completar su trámite legislativo.

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