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18/11/2021

La Justicia rechazó una cautelar contra el Aporte Solidario a una de las fundadoras de Rapsodia

La empresaria Sol Acuña planteó la inconstitucionalidad del Aporte Solidario a las grandes fortunas.

La Justicia rechazó una cautelar contra el Aporte Solidario a una de las fundadoras de Rapsodia

Este jueves, la Justicia fue desfavorable para la empresaria y diseñadora Sol Acuña ya que determinó el rechazo de una medida cautelar impuesta por Acuña a raíz de "la inconstitucionalidad del Aporte Solidario a las grandes fortunas".

La demandante alegó que el aporte extraordinario “resulta análogo, idéntico y aún más gravoso que el Impuesto sobre los Bienes Personales”, lo que “produce una ilegítima duplicidad sobre la misma capacidad contributiva”.

En adición, sostuvo que “resulta violatorio fundamentalmente del derecho de propiedad como consecuencia de vulnerar los principios de no confiscatoriedad y capacidad contributiva consagrados en la Constitución Nacional”.

Pidió además que se ordene a la AFIP que “se abstenga de iniciar y/o proseguir cualquier reclamo y/o procedimiento administrativo de fiscalización y/o determinación de oficio y/o judicial, así como también de aplicar o ejecutar multas o trabar cualquier tipo de medida cautelar administrativa o judicial y/o iniciar acciones bajo la ley del régimen Penal Tributario (Ley 27.430) en relación a la contribuyente Sra. Josefina Helguera, en concepto del Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia (Ley N° 27.605) que prima facie se exhibe ilegítimo”.

Sol Acuña y Josefina Helguera son fundadoras de la marca Rapsodia, con tiendas en la Argentina y América Latina. 

El juez en lo contencioso administrativo Pablo Cayssials menciona que “si bien la parte actora destacó que el perjuicio radica en que en un futuro se verá afectada su manutención, lo cierto es que no acreditó que la falta de otorgamiento de la cautela solicitada le provoque un gravamen que difícilmente podría revertirse en el supuesto de que la sentencia final de la causa admitiese su pretensión”.

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