A partir del lunes la administración pública volverá a la presencialidad
Cuáles serán los requisitos y qué sucederá con los que no quieren inocularse.
Esta mañana, el Estado Nacional publicó una resolución en donde establece los parámetros la vuelta escalonada a la presencialidad de los empleados públicos. A partir de mañana los empleados de la administración pública nacional podrían ser avisados que el lunes tienen que trabajar de manera presencial en las dependencias.
Mediante la Resolución 91, la Secretaría de Gestión del Empleo Público de la Jefatura de Gabinete, establecieron las pautas por las cuales se podrá citar a la presencialidad. Similar al esquema que se estableció para el sector privado, serán convocables aquellos que hubieran recibido "al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación".
El trabajador "deberá ser notificada fehacientemente por su superior jerárquico a cada agente por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento".
Además, se tienen que cumplir con los protocolos sanitarios, por lo que la presencialidad en algunas dependencias puede ser impracticable en su totalidad. En esos casos, se dispuso la posibilidad de "la alternancia de la modalidad presencial, se justificará la prestación de funciones bajo la modalidad de trabajo remoto". La prestación de servicios de carácter presencial a tiempo parcial no podrá disponerse por fracciones inferiores al 50% de la jornada normal de cada trabajador o hasta 20 horas semanales.
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