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30/04/2021

Anticipo de los anuncios: Así serán las multas que va a presentar el Gobernador

Axel Kicillof dará una conferencia de prensa en donde hablará sobre las nuevas infracciones para quienes no cumplan las nuevas restricciones.

Anticipo de los anuncios: Así serán las multas que va a presentar el Gobernador

Axel Kicillof, Gobernador de la Provincia de Buenos Aires,  dará una conferencia de prensa en donde hablará sobre las nuevas multas para quienes no cumplan las nuevas restricciones dictadas por Alberto Fernández esta tarde. 

 

Estas serán las multas por incumplimiento

• El Decreto N° 1/21 estableció que el incumplimiento de las normas dictadas en el marco de la pandemia ocasionada por la enfermedad COVID-19 dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el Decreto-Ley N° 8841/77, que prevé la aplicación de multas de hasta 500 sueldos mínimos (hasta $ 4,3 millones).
• Los Municipios deberán adherir al Decreto 1/21, a efectos de implementar en sus distritos la fiscalización respecto del cumplimiento de las normas dictadas como consecuencia del COVID-19 e imponer las sanciones de multas mencionadas.
• Una vez que hayan adherido se les habilitará a través del Sistema Integrado de Emisión y Pagos No Impositivos (SIEP) un usuario para la gestión del trámite correspondiente a la emisión de las boletas de pago de las multas que aplicaren.
• Desde JGM se remitirán los instructivos para la utilización del SIEP y se brindarán las capacitaciones necesarias.
• Los recursos equivalentes a lo que los municipios recaudaren como consecuencia de la aplicación de dichas multas, integrarán el “Fondo Municipal por infracciones a la normativa COVID-19” y serán distribuidos entre ellos, asignándose a cada distrito, de manera mensual, el monto de lo que hubieren recaudado.
• Los recursos que se transfieran a los municipios serán no reintegrables y de libre disponibilidad para los mismos.
Estas medidas entrarán en vigencia el próximo lunes con la publicación del Decreto 241/2021.
• Comprobada una presunta infracción se labrará un acta por parte de agente policial o funcionario competente y por triplicado. Se hará entrega de una copia del acta al infractor, configurando así la notificación.
• El infractor tiene 5 días hábiles para presentar el descargo y para diligenciar y producir a su cargo la prueba ofrecida. Dentro de los 60 días hábiles se resolverá.
• La resolución deberá indicar la infracción y la normativa violada, la sanción que se impone y su valuación. La notificación de la sanción irá acompañada de la boleta de pago generada a través del SIEP.
• La sanción podrá ser apelada dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes siendo competente para entender en la misma el Juez en lo Correccional en turno con competencia en el lugar donde se cometió la infracción.

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