Se dictaminó que los costos fiscales de las medidas adoptadas por el Gobierno deberán ser asumidos con recursos del Estado Nacional.
Por dicha decisión se entiende que la Reducción del IVA y del Impuesto a las Ganancias no puede afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias.
Este criterio se hace extensivo a las provincias de Catamarca, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Tucumán, Antártida e Islas del Atlántico Sur.