El Gobierno habilitó un blanqueo de armas no registradas por un año
El Congreso de la Nación sancionó la Ley 27.805, la cual otorga un plazo de 360 días para que los ciudadanos regularicen la situación de armas de fuego no declaradas. Esta ley, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial, busca facilitar el blanqueo de armamento sin registro o con documentación que haya devenido irregular.
La medida está dirigida a quienes tengan armas clasificadas como de "uso civil" o "uso civil condicional", así como sus repuestos principales. El trámite deberá realizarse de manera voluntaria, presentándose ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).
Para acceder a la regularización, los interesados deberán someter el arma a diversas verificaciones técnicas y registrales por parte de la ANMAC. Si se superan estos controles y no se detectan impedimentos graves (como armas prohibidas o alteraciones), los datos del material y de su poseedor serán inscritos en el Banco Nacional Informatizado de Datos. Asimismo, quienes no cuenten con la condición de legítimo usuario en la categoría correspondiente, deberán iniciar el trámite para obtenerla presentando la solicitud y autorización de tenencia.
Uno de los puntos más destacados de esta ley es la exención de sanciones penales y administrativas por tenencia ilegal de armas, de acuerdo a lo previsto en el artículo 189 bis del Código Penal. Este "perdón" operará a partir de que se ponga en conocimiento voluntario la posesión del arma, siempre y cuando la persona no tenga un proceso judicial penal abierto por tenencia ilegal al momento de iniciar la regularización.
Finalmente, la iniciativa tiene como objetivo fortalecer el control estatal sobre el armamento particular, prevenir la violencia armada y estimular la participación en el Programa Nacional de Entrega Voluntaria de Armas de Fuego, el cual fue prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2027. La ley entrará en vigor 30 días después de su publicación.