La Justicia ordenó vacunar a un bebé al nacer pese a la negativa de sus padres
La Justicia de Rosario tomó una decisión que reaviva el debate sobre los límites de la patria potestad: ordenó que un bebé sea vacunado al nacer, aun cuando sus padres habían manifestado su rechazo por motivos personales. La medida fue solicitada por el equipo médico que intervino en el caso ante la negativa explícita de los progenitores.
Según se detalla en el fallo, los padres se oponían a la aplicación de vacunas incluidas en el calendario obligatorio, como la hepatitis B y la BCG, que se administran en las primeras horas de vida. Frente a este escenario, el centro de salud acudió a la Justicia para garantizar la protección del niño.
La resolución judicial fue contundente: se priorizó el “interés superior del niño” por encima de la voluntad de los adultos. En ese sentido, la jueza remarcó que el derecho a la salud del recién nacido no puede quedar sujeto a decisiones individuales que lo pongan en riesgo.
Además, el fallo establece que el personal médico queda autorizado a aplicar las vacunas incluso sin el consentimiento parental, y contempla la intervención de organismos de protección de la infancia si fuera necesario para asegurar el cumplimiento de la medida.
En los fundamentos, también se recordó que en Argentina la vacunación forma parte de una política sanitaria obligatoria, orientada no sólo a la protección individual sino también a la salud pública. No cumplir con el calendario implica riesgos tanto para el menor como para la comunidad.
El caso marca un precedente relevante en materia de salud y derechos, al dejar en claro que la autonomía de los padres tiene límites cuando está en juego el bienestar de un hijo.