Flexibilizan los requisitos para el ingreso de extranjeros no vacunados
Este miércoles, a través de la Resolución 2948/2021, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno detalló los requisitos para que extranjeros no residentes no vacunados "puedan acceder a la excepción del cumplimiento del requisito del oportuno y completo esquema de vacunación requerido para ingresar al país".
El viaje deberá estar encuadrado en algunos de los supuestos determinados por el Poder Ejecutivo y se emitirá "una certificación consular remota que dé cuenta de ello en los términos que defina el Ministerio de Relaciones Exteriores".
Quienes están previstos en la medida son los familiares directos (hijos, padres, cónyuges o convivientes) de argentinos o residentes "que viajen por motivo de visita familiar y que manifiesten no contar con esquema completo de vacunación según criterio establecido por país de procedencia".
Los mismos deberán presentar partida de matrimonio o de nacimiento, certificación de unión civil/convivencial o certificación emitida por autoridad local que pruebe convivencia, documento nacional de identidad argentino del familiar dador del criterio. Según precisaron desde el Ministerio de Salud, la documentación debe estar apostillada y se deberá presentar también una copia del pasaporte y declarar la fecha programad de viaje.
La medida también alcanza a los extranjeros no residentes que viajen por motivos de trabajo, negocios, estudios / capacitación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios, o por ser deportista y requerir participar de un evento deportivo. En cuyo caso se deberá presentar la documentación que justifique el creiterio invocado.
También quedarán exceptuados aquellos extranjeros a los que se les otorgue un visado en categorías migratorias permanente o temporaria.