El Estado deberá indemnizar a una mujer por negarle un aborto y poner en riesgo su salud
El artículo 86 del Código Penal autoriza la interrupción del embarazo en aquellos casos en donde corre riesgo la vida o la salud de la mujer. Y al no practicarse el aborto en el hospital público como dicta la ley, una mujer sufrió un accidente cerebrovascular tras el parto y terminó con todo el lado izquierdo de su cuerpo paralizado.
Ahora la Justicia condenó al Estado entrerriano a indemnizar a MG, como es mencionada la denunciante en la causa, por $448.000.
A pesar que su embarazo era peligroso, la mujer había solicitado la interrupción de su embarazo durante el 2011. Pero debió dar a luz de todos modos porque el médico César Pazo, cardiólogo de un hospital San Martín de Paraná, no dejó que se realizara la intervención y amenazó al resto del personal.
MG presentaba una deficiencia de oxígeno crónica debido a una patología cardíaca congénita, con el embarazo el riesgo para la mujer aumentó, y ahora deberá realizar rehabilitación de por vida.