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19/03/2020

El Gobierno retrotrajo precios y fijó valores máximos de productos esenciales

La medida saldrá publicada mañana en el Boletín Oficial.

El Gobierno retrotrajo precios y fijó valores máximos de productos esenciales

El Gobierno Nacional retrotrajo los precios de productos de consumo familiar al 6 de marzo y fijó una lista de referencia con valores máximos, en el marco de las medidas implementadas para garantizar el abastecimiento y controlar el abuso de precios frente al impacto de la pandemia del COVID-19. La medida saldrá publicada mañana en el Boletín Oficial.

 


"No vamos a permitir que se pasen de vivos y se aprovechen de la necesidad y la angustia de la gente", advirtió el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas y ratificó: “Estamos usando las herramientas legales para sancionar a quienes no cumplan las normas y especulen subiendo precios”. El listado contempla, para AMBA, productos como alcohol Bialcohol de 250cc a $80; aceite de girasol Cocinero de 900cc a $95; arroz largo fino 00000 Primor por un 1kg a $54; fideos corto mostachol Cica por 500 gramos a $45; galletitas de agua Mediatarde por 110 gramos a $20; harina de maíz Morixe por 500 gramos a $32; harina de trigo 000 Morixe por 1 kg a $36; yerba mate Taragüí por 500 gramos a $130.

 


También incluye pañales descartables supersec Pampers por 26 unidades a $330; agua mineralizada sin gas Cellier/Favaloro por 1 litro a $35; lavandina común Odex por 1 litro a $43; papel higiénico hoja simple de 3O metros Elite por 4 unidades a $70; toalla femenina confort normales con alas LadySoft por 8 unidades a $49 y repelente Family Active Off por 165cc a $145. La resolución, que alcanza a hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, minimercados minoristas y/o supermercados mayoristas, regirá para los próximos 30 días corridos, con posibilidad de revisión.

 


También establece que las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización deberán incrementar su producción al máximo de su capacidad para satisfacer la demanda y asegurar el acceso de todas y de todos los ciudadanos a los productos. Quienes no cumplan con esta decisión serán sancionados, en el marco de la Ley 20.680 de Abastecimiento como del Código Penal respecto a prácticas especulativas (indisponibilidad manifiesta de mercadería y/o oferta de productos por encima de los precios máximos).

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