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30/09/2020

La posible nulidad de la suspensión de la ley de movilidad, por Laura Kalerguiz

Se trata de la segunda suspensión en la historia de nuestro país

La posible nulidad de la suspensión de la ley de movilidad, por Laura Kalerguiz
Durante todo el año 2020, los aumentos jubilatorios se otorgaron por decreto. Esto no es la primera vez que pasa en nuestro país, ya que hubo otra situación en la que se suspendió la movilidad jubilatoria.

La Primera vez que se dictó un decreto que la suspendió, (no hay que olvidar que está planteada en el art. 14 bis de nuestra Constitución Nacional), fue el 27 de diciembre de 1994 con el decreto 2302/94, durante el gobierno de Carlos Menem.
Algunos meses después, ese decreto que suspendió la movilidad, fue declarado nulo en el caso "ELKAN TOMAS c/ Anses s/ Reajuste por movilidad".
 
26 años después, en junio de 2020, por segunda vez en la historia de la Seguridad Social Argentina, el decreto 542/2020, vuelve a suspender una ley de movilidad vigente y sancionada en el Congreso de la Nación, y se otorgan aumentos por decreto, y lamentablemente, se prorróga hasta el 31/12/20 esta nueva suspensión de una garantía constitucional.

¿Se puede pedir la nulidad?

Bueno, el antecedente del fallo ELKAN, ayuda. La Corte Suprema (que hoy tiene otros miembros) decidirá si mantiene esa jurisprudencia o la cambia.
 
¿Se puede iniciar ahora?

Anses no está dando turnos, pero los reclamos administrativos (instancia previa a la judicial) se pueden iniciar virtualmente vía la página de www.ANSES.gov.ar.
 
 
La justicia está funcionando en pandemia desde hace algunas semanas, en forma virtual, y no sin un gran esfuerzo por parte de los que la integran.
 
Algunos datos: De haberse mantenido la fórmula de movilidad anterior, las jubilaciones hubieran aumentado un 11.56% en marzo, 10.9% en junio y 9.88% en septiembre.

Pareciera que a lo largo de la historia, los adultos mayores siempre quedan en el mismo lugar: El lugar de perdedores.
 
 
Por Laura Kalerguiz
 
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